Blog AgendaPro Salud

¿Cómo abrir tu propia clínica en Colombia?

Colombia es un país que exige ciertas normas a la hora de emprender en salud. Estás normas son reguladas por las secretarías de salud de cada municipio, distrito o departamento, depende del campo de acción. 

Descubre cómo crear un plan de marketing exitoso en tu centro de salud

Es necesario que cumplas con toda la normativa y requisitos que se exigen a las instituciones prestadoras de servicios para poder obtener la habilitación de tu clínica o consultorio.   

Permisos legales

Lo primero que debes tramitar son los permisos legales de empresa. Para ello deberás:

  1.  Inscribirte en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. 
  2. También necesitarás habilitar tu clínica como Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPS). Debes indicar las especialidades y servicios que ofrecerás. Esta gestión debe realizarse en las entidades departamentales o distritales de la Secretaría de Salud. Su concesión implica que tu clínica se ajusta a las normas, requisitos y procedimientos. Y que permiten verificar y controlar el cumplimiento de las condiciones tecnológicas y científicas, capacidad técnico-administrativa y solvencia patrimonial, necesarios para su funcionamiento.
  3. Los servicios departamentales o distritales de la Secretaría de Salud realizarán una visita de verificación, previa a la habilitación. Así podrán constatar el cumplimiento de los requisitos previstos en el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud.
  4. Si cumples con todas las condiciones, te será asignado un código de inscripción en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS). Igualmente, la Secretaría de Salud puede hacer visitas posteriores. Si en estas se determina que se está incumpliendo alguno de los requisitos se te podrían imponer sanciones o, incluso, ordenar el cierre de los servicios. En el este link podrás inscribirte en el REPS 
    La habilitación se otorga inicialmente por un periodo de 4 años. Sin embargo, uno de los aspectos más importantes de la norma es que incorpora, como un requisito obligatorio, el proceso de autoevaluación que deben hacer los prestadores cada año. En caso de no hacerlo, constituye una alarma para las Direcciones Departamentales y Distritales de Salud, encargadas de programar y ejecutar un plan de visitas de verificación de las servicios habilitados; pero también será causal que al cabo de la vigencia de habilitación, el prestador deba nuevamente realizar su proceso de inscripción como nuevo prestador para continuar habilitado.
  5. Es obligatorio que imprimas y coloques en un lugar visible de tu clínica el distintivo de la habilitación.

Condiciones para trabajar como profesional independiente de la salud

  • Capacidad Técnico-Administrativa: Los estándares que aquí se consideran, van ligados a las condiciones propias de la organización. Son parámetros de tipo administrativo que deben garantizarse para que el servicio cuente con el debido respaldo, e incluye lo relativo a la existencia y representación legal, el sistema contable y estados financieros, ajustados a las disposiciones legales en la materia.
  • Suficiencia Patrimonial y Financiera: Es el cumplimiento de las condiciones que posibilitan la estabilidad financiera de las instituciones prestadoras de servicios de salud en el mediano plazo, su competitividad dentro del área de influencia, liquidez y cumplimiento de sus obligaciones en el corto plazo. Garantizará que el prestador cuenta con unas condiciones mínimas que aseguran que el servicio no va a tener inconvenientes de orden financiero o patrimonial para poder estar adecuadamente sustentado a momento de ofrecerlo al público.
  • Capacidad Tecnológica y Científica: Tienen como misión proteger y dar seguridad a los usuarios al garantizar el cumplimiento de unas condiciones esenciales para el funcionamiento de un prestador de servicios de salud. Hacen referencia a aquellos parámetros ligados al talento humano, infraestructura, dotación, medicamentos, dispositivos e insumos, procesos prioritarios, historia clínica e interdependencia con otros servicios.

Equipos y materiales necesarios

Aunque los equipos y materiales necesarios para el funcionamiento de una clínica varían mucho de acuerdo a las especialidades que ofrezca,  los elementos básicos que debe tener son: 

  • Camilla
  • Báscula
  • Tallímetro
  • Equipo de Órganos
  • Fonendoscopio
  • Tensiómetro Manual o Digital
  • Escalerilla
  • Mesa de mayo
  • Conos para otoscopio
  • Escritorio
  • Sillas
  • Computador 
  • Programa para administrar clínicas como AgendaPro
  • El sitio donde hagas consulta debe contar con un baño o lavamanos dentro del consultorio con sus respectivos elementos (jabón y toallas) además de la señalización adecuada.
  • Adicionalmente, debes cumplir con todos los equipos y procedimientos dispuestos en la autoevaluación que exige el ministerio de salud para los prestadores de servicios cada año.

    Link de Autoevaluación http://www.saludcapital.gov.co/Documents/Autoev_Resol_2003_05_28_DE_2014.pdf 

Los documentos que debes consignar para realizar inscripción y/o habilitación de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) en la secretaría de salud de Bogotá son: 

  • Documento que certifique que realizaste la autoevaluación y cumples con los criterios establecidos en la Resolución 3100 de 2019.
  • Formulario de Inscripción o de Novedades, debidamente diligenciado (impreso). Este documento debe imprimirse completo en original y copia. No se requiere impresión a color.
  • Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica de acuerdo con su naturaleza jurídica, expedida por la autoridad competente, con vigencia no superior a 30 días a la fecha de solicitud de inscripción.
  • Copia del documento de identificación del representante legal. 
  •  Certificación de suficiencia patrimonial y financiera. emitida por el revisor fiscal o contador según aplique.
  • Copia impresa de la tarjeta profesional del contador y/o revisor fiscal, según aplique.
  •  Copia impresa del RUT.
  • Copia impresa de la licencia de construcción.  Es exigible a edificaciones de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud construidas, ampliadas o remodeladas con posterioridad al 2 de diciembre de 1996.
  • Copia impresa del certificado de seguridad de la edificación.
  • Copia impresa del estudio de vulnerabilidad estructural. Sólo será exigible a prestadores con servicios de urgencias, servicios de cirugía, o de unidad de cuidado intensivo neonatal, pediátrico, adulto, de acuerdo con lo establecido en la NSR 10 que funcionen en edificaciones construidas con anterioridad al 2010. 
  • Copia impresa del plan hospitalario para emergencias. 
  • Copia impresa del plan de mantenimiento de la planta física.
  • Todos los planes de mantenimiento deben incluir el equipamiento fijo.
  • Copia impresa del certificado de conformidad de las instalaciones eléctricas. Para prestadores que funcionen en edificaciones construidas con anterioridad a mayo del 2005, se solicitará una certificación expedida por un profesional competente en la cual certifique que las instalaciones eléctricas de la edificación donde se prestan los servicios de salud, no representan alto riesgo para la salud y la vida de las personas y animales, o atenten contra el medio ambiente. Adicionalmente el prestador deberá presentar un plan de ajustes de las instalaciones eléctricas. Para prestadores que funcionen en edificaciones construidas con posterioridad a mayo del 2005, o edificaciones adaptadas como instituciones de salud, se solicitará una certificación expedida por un organismo de inspección acreditado por la ONAC.
  •  Si el prestador de servicios de salud declara el servicio de transporte asistencial de pacientes (Ambulancias) o  el servicio de atención prehospitalaria debe anexar:
  • Copia impresa de la tarjeta de propiedad de los vehículos o documento equivalente, si estos se encuentran a  nombre de una persona diferente del representante legal, adicionalmente anexar documento de autorización  del propietario donde indique que los vehículos harán parte de la capacidad instalada del servicio a habilitar.
  • Copia impresa del certificado de revisión técnico - mecánica o documento equivalente cuando aplique de conformidad con las normas que regían la materia.
  • Si el prestador de servicios de salud hace uso de equipos generadores de radiaciones ionizantes en el servicio que pretende habilitar, debe anexar la copia impresa de la licencia de práctica médica vigente de los equipos que se encuentren en el servicio. Dicha licencia debe ser expedida por la secretaría de salud departamental o distrital, o la entidad que tenga a cargo dichas competencias. 
  • Para IPS de salud ocupacional, debes anexar copia de la licencia de seguridad y salud en el trabajo de la institución.
  • Para inscribir la consulta de Medicina Alternativa o Terapias Alternativas, debes anexar el diploma y el pensum académico, expedido por una institución de educación superior legalmente reconocida por el Estado, de acuerdo al servicio a habilitar.

Para mayor información, puedes consultar este enlace de la Secretaría de Salud

Recuerda que antes de decidir abrir una clínica es necesario que estudies bien qué puedes ofrecer a tus pacientes, a parte de una consulta médica que no encuentren en el sistema de salud, es decir, qué puedes ofrecer como un servicio diferenciador a tus pacientes para que tengas éxito como emprendedor en el área de la salud. 

Es importante que tomes en cuenta que en Colombia mucha gente prefiere ir a consulta médica por su EPS - aunque no sean servicios óptimos-, pues no genera tantos costos como la consulta particular, por eso debes posicionarte en un área que te diferencie de tu competencia. 

Fuentes: ABC de la Habilitación de Prestadores de Servicios de Salud y Salud Capital. 

Todavía estás a tiempo  ¡Solicita tu demo con un clic!

También te podría interesar:

  1. ¿Cómo realizar una historia clínica?
  2. 5 formas de aumentar la cantidad de pacientes de tu centro médico
  3. Software clínicas en Colombia

¿Y tú qué opinas? ¡Déjanos aquí tus comentarios!